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¿Quién puede demandar por muerte por negligencia en Florida?

¿Quién puede demandar por muerte por negligencia en Florida?

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La Ley de Muerte Injusta de Florida fue objeto de escrutinio recientemente después de que una familia compartiera su dolor con el Sarasota Herald-Tribune después de descubrir una excepción en la ley. La historia se publicó más tarde en EE.UU. Hoy en día. La familia se sorprendió al saber que no tenían derecho a presentar un reclamo después de la muerte de su ser querido. Gerald Giannillo, un hombre de 51 años, falleció trágicamente luego de un procedimiento quirúrgico para reparar un aneurisma y una válvula cardíaca con fugas. No estaba casado y no tenía hijos menores de 25 años, lo que significaba que, según la Ley de Muerte Injusta de Florida, sus seres queridos sobrevivientes no tenían derecho a presentar una demanda por negligencia médica.

¿Qué es un reclamo por muerte injusta?

Si una persona fallece como resultado de la negligencia o mala conducta de otra persona o empresa, puede existir la opción de presentar una reclamo por muerte injusta. Después de la muerte de un ser querido, los miembros de la familia pueden buscar este tipo de compensación para cubrir una variedad de pérdidas en forma de daños económicos y no económicos.

¿Quién puede demandar por muerte por negligencia en Florida?

Foto 1550831107 1553da8c8464Según la Ley de Muerte Injusta de Florida, un representante personal del patrimonio del difunto debe entablar una demanda por daños económicos. Sin embargo, si los sobrevivientes desean perseguir daños no económicos, más comúnmente conocidos como daños por dolor y sufrimiento, solo ciertos miembros de la familia tienen derecho a hacerlo en virtud de esta ley.

En las demandas por muerte por negligencia, las únicas partes que pueden presentar una demanda por daños no económicos son los cónyuges legalmente casados, los hijos menores de 25 años, los hijos adultos cuando no hay un cónyuge sobreviviente y los padres de un hijo menor fallecido. Si no hay otros sobrevivientes, los padres de un hijo adulto fallecido también tienen una reclamación. Los cónyuges y los hijos menores siempre tienen derecho a reclamar su dolor y sufrimiento.

Sin embargo, las reclamaciones de los sobrevivientes son aún más limitadas cuando la muerte de su ser querido fue causada por negligencia médica. En los reclamos por negligencia médica por muerte por negligencia, solo el cónyuge legal o los hijos menores de 25 años pueden presentar un reclamo por dolor y sufrimiento o daños no económicos por la pérdida de su ser querido. Debido a que el difunto en el caso de Sarasota no tenía ninguno de los dos, su familia sobreviviente no pudo presentar una demanda por daños no económicos.

Además de quién puede presentar un reclamo, también es importante saber que el Estatuto de Limitaciones, o la fecha límite para presentar una demanda, por muerte por negligencia es generalmente de dos años a partir del momento del incidente que causó la lesión o la muerte. Por lo tanto, es importante que los representantes del patrimonio del difunto y los familiares sobrevivientes se comuniquen con un abogado de homicidio culposo lo antes posible. En Panter, Panter & Sampedro, hemos manejado reclamos por muerte por negligencia, incluidos aquellos que caen bajo negligencia médica. Si tiene alguna pregunta con respecto a este tipo de demanda, lo invitamos a programar una consulta gratuita llamándonos al (305) 662-6178.

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