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¿Qué deber tiene el dueño de una propiedad en Florida?

¿Qué deber tiene el dueño de una propiedad en Florida?

¿Qué deber tiene el dueño de una propiedad en Florida? 150 150 Panter, Panter y Sampedro

Para determinar si el dueño de una propiedad es responsable de algún delito o lesión que ocurra en la propiedad, es importante determinar el estado de una persona mientras se encuentra en esas instalaciones. Una persona puede ser un invitado, un licenciatario o un intruso. Si alguien es invitado a una propiedad como invitado o licenciatario invitado, el propietario de esa propiedad debe proteger o advertir a los huéspedes contra peligros conocidos. El dueño de la propiedad también tiene el deber de protegerse contra delitos de terceros.

Un licenciatario no invitado es alguien que se encuentra en la propiedad por su propia conveniencia, pero que no está específicamente invitado a estar allí. En este caso, el dueño de una propiedad solo está obligado a protegerse contra las lesiones injustificadas de los titulares de licencias. Los dueños de propiedades no están obligados a protegerse contra delitos de terceros que ocurran mientras un titular de licencia sin participación está en la propiedad.

Lo mismo ocurre cuando un intruso ingresa a una propiedad. Un intruso es alguien que ingresa a una propiedad sin invitación o licencia para hacerlo. Los intrusos pueden simplemente permanecer inactivos en la propiedad o cerca de ella para satisfacer su propia curiosidad. Esto se hace a conveniencia de la persona que decide traspasar y se hace con el propósito específico del intruso.

Aquellos que resulten heridos en una propiedad tal vez deseen contratar a un responsabilidad local abogado que puede revisar los hechos del caso para determinar el estado de un cliente. Dependiendo de ese estado, es posible que una víctima de lesiones reciba una compensación en la corte. Esto puede ser cierto si el dueño de la propiedad no cumplió con los requisitos de cuidado debido o si ocurrió un delito de terceros.

FuenteThe Florida Bar Journal, "Responsabilidad de las instalaciones: una brecha notable en la ley de delitos previsibles“, Wilton H. Strickland, 18 de septiembre de 2014

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