Reclamo por lesión en la cabeza muy disputado se resuelve por $350,000

Una lesión traumática en una feria de arte dio lugar a una compleja lucha legal: así es como nuestra firma obtuvo una resolución de $350,000.

Un viejo amigo le pidió a Brett A. Panter que lo representara a él y a su esposa en un incidente que ocurrió en una feria de arte en Ft. Lauderdale. En enero de 2023, la demandante estaba en una exposición de arte exhibiendo su arte con su esposo e inesperadamente, al final de la exposición, alrededor de las 11:00 p. m., una carpa de otro artista se vio arrastrada por el viento, voló por el aire y golpeó a la demandante en la frente, causándole una laceración en la frente.

La primera impresión fue que se trataba de una lesión traumática. Sin embargo, se observó que estaba alerta y orientada y que no había perdido el conocimiento. La llevaron al hospital, donde la trataron por una laceración en la frente. Informó al hospital que una sombrilla de tienda de campaña la había golpeado en la frente. También informó al hospital que no había sufrido mareos y que, como resultado de la falta de síntomas, no se le realizó una tomografía computarizada del cerebro y también se observó que no tenía náuseas. No había perdido el conocimiento, se le aplicó una vacuna contra el tétanos, 12 puntos de sutura y se le dio de alta. Los registros del hospital también reflejaban que la lesión no parecía ser grave en este momento y que, si aparecían más síntomas de cualquier tipo, debería regresar.

La demandante recibió una atención médica mínima después del accidente, que incluyó una consulta con un cirujano plástico y la extracción de 12 puntos un par de meses después del accidente. Transcurrió un período de tiempo de más de un año antes de que finalmente regresara al hospital y se presentara en el departamento de emergencias con dificultad para hablar. El hospital le realizó una resonancia magnética del cerebro y los resultados no mostraron evidencia de infarto agudo ni de patología aguda.

Sin embargo, el demandante siguió teniendo y presentando problemas de movilidad y de habla. La cuestión era si estos problemas estaban relacionados o no con el incidente ocurrido un año antes.

La defensa se opuso enérgicamente a que la demandante se sometiera a exámenes neurológicos y neuropsiquiátricos. Los exámenes médicos obligatorios determinaron que las lesiones eran de naturaleza psicológica y/o no estaban relacionadas con el golpe que recibió con la sombrilla de la tienda un año antes de que presentara síntomas. La causalidad, como suele suceder, fue objeto de acaloradas controversias.

El demandante fue examinado por un neurólogo tratante que no pudo explicar definitivamente los síntomas, pero opinó que era muy probable que la lesión estuviera relacionada con la lesión de enero de 2023.

El neurólogo que lo atendió tuvo que admitir que había muy pocas pruebas objetivas para opinar que la lesión fuera la causa de los síntomas del paciente. Por lo tanto, estábamos en condiciones de afrontar la falta de atención médica y los síntomas que comenzaron a aparecer al menos un año después. Pudimos investigar con amigos, familiares y compañeros de trabajo que ayudaron a establecer que las lesiones eran de naturaleza progresiva y comenzaron poco después del incidente.

Estaba claro que se trataba de un caso muy controvertido de responsabilidad y causalidad porque el propietario de la carpa era otro vendedor que, lamentablemente, no tenía seguro y era completamente incobrable. El caso tuvo que presentarse contra el organizador del evento, que siempre afirmó que no había causalidad y, lo que es más importante, afirmó que no eran responsables de supervisar a los diversos artistas y que, si alguien tenía la culpa, era culpa de los artistas. Sin embargo, después de mucho descubrimiento y litigio controvertido, pudimos resolver este caso por $350,000. Tenemos la esperanza de que los fondos ayuden a la demandante a obtener el asesoramiento médico y/o psicológico que necesita después de este incidente. Nuestro lema en nuestra firma es "nunca rendirse" y así fue como manejamos este caso.

Panter, Panter y Sampedro

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